4 minutos de lecturaDeclaración de la Renta y COVID-19. Cambios Legales

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Como cada año se ha abierto de nuevo el plazo para la presentación de la declaración de la renta. Empezó el 07 de abril y terminará el 30 de junio. Para los que quieran pagar por domiciliación bancaria finalizará el 25 de junio.

La COVID-19 también ha afectado a la declaración de la renta, produciendo cambios en la misma. Ahora vamos a declarar las rentas generadas y obtenidas en 2020, un año marcado completamente por la pandemia.

¿Quién está obligado?

Todos los trabajadores y autónomos que hayan cobrado más de 22.000€ anuales en 2020. O bien, aquellos trabajadores que hayan cobrado de 2 pagadores o más y el importe total cobrado haya superado los 14.000€.

¿En qué casos se puede ver afectada la declaración de la renta?

Si la empresa ha presentado un ERTE en el que yo he estado afectado

Así es. Si como trabajador de una empresa de turismo activo has estado en ERTE, en 2020 has cobrado de dos pagadores: la empresa y el SEPE. Por lo que si se cumple la condición de haber cobrado un mínimo de 14.000€ estarás obligado a presentar la declaración de la renta.

Importante: recuerda que los pagos realizados por el SEPE por los ERTES, apenas han tenido retención de IRPF. Así que, lo más probable, es que la declaración de la renta de este año te salga a ingresar para ajustar las aportaciones económicas que has ido obteniendo en 2020.

Si como Autónomo he recibido alguna ayuda destinada a los negocios de Turismo Activo

Las ayudas y subvenciones percibidas durante la pandemia no están exentas de tributar por IRPF. Por lo tanto, deben incluirse en la declaración de la renta como ganancias patrimoniales.

El ejemplo más claro es el de la prestación extraordinaria por cese de actividad de los autónomos, en el que los autónomos que la hayan recibido deberán tributar el cobro de esta prestación al tratarse como un rendimiento del trabajo. Eso sí, los primeros 2.000€ de esta ayuda no están sujetos a retención.

Por otro lado, si has recibido una ayuda o subvención de tu comunidad autónoma, también tributarán en la declaración de la renta al considerarse como un rendimiento de actividades económicas, siempre y cuando no incluya expresamente su excepción tributaria. Que deberás comprobar leyendo las bases de la ayuda en particular.

Importante: los préstamos ICO no tributan, al no ser un ingreso y tener que devolverlo más adelante.

¿Dónde debo presentar la declaración de la renta?

Aunque aún es posible realizar la presentación de la declaración de la renta de forma presencial en las sedes físicas de la Agencia Tributaria, la pandemia ha propiciado con mayor impulso la presentación telemática. La web Renta WEB es la plataforma donde puedes modificar y presentar el borrador de la declaración de la renta. Esta plataforma, según la Agencia Tributaria, ha sido mejorada en estos últimos meses para facilitar el proceso de presentación. Ten en cuenta que deberás tener un sistema de identificación, como el certificado digital, para poder acceder y presentar la renta.

¿Se han reducido las deducciones en la declaración de la renta a consecuencia de la COVID-19?

En algunos casos, sí. La que ha generado mayor repercusión es la deducción por maternidad. Y es que las madres con hijos menores de 3 años no tendrán derecho a la deducción por maternidad por el importe de 1.200€ en la declaración, en el caso de que la empresa en la que trabajó durante el 2020 haya cesado su actividad o bien haya estado en ERTE.

Por otro lado, se mantendrán las deducciones por familia numerosa y a los que tengan a su cargo personas con discapacidad, pese a haber obtenido ingresos del SEPE.

Finalmente, hay que destacar que, a aquellas personas que tengan viviendas puestas en alquiler, si a raíz de la pandemia ha negociado un ajuste del importe del alquiler en documento escrito, este será respetado por la Agencia Tributaria. Y es que, hasta el momento, el criterio de la Agencia Tributaria era que la mensualidad pactada debía constar en el contrato de arrendamiento y es el que se debía tener en cuenta para la declaración de la renta.

En cualquier caso, existen otras posibles deducciones e interpretaciones que pueden afectar al resultado de final la declaración de la renta. Por ello, lo más aconsejable es que te asesores mediante un experto fiscal el cual conocerá al detalle tu situación laboral y económica de 2020 con el fin de realizar la declaración de la renta que mejor se adapta a tus intereses.