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4 minutos de lectura​Entidades no reguladas en el turismo activo. ¿Qué peligro suponen?

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Profesionalidad, rigor y experiencia. Es lo que se pide actualmente a las empresas que realizan actividades extremas o de riesgo. Aunque hay una falta de regulación homogénea en el turismo activo (más bien de inseguridad jurídica), el intrusismo todavía hace más complicado los posibles problemas de realizar actividades de aventura con agentes que trasladan la responsabilidad al usuario. Es decir, entidades no reguladas en el turismo activo.

En los últimos años, las zonas que rodean el macizo del Mont Blanc han aumentado el número de accidentes de montañeros. La falta de equipamiento o la inexperiencia de los montañeros, entre otros, son algunas de las causas. Estas razones hacen que las autoridades francesas de esta región hayan decidido legislar tales actividades.

Éste es solo un ejemplo de los riesgos que comportan las actividades de turismo activo en la montaña y que en España también gozan de falta de regulación jurídica, lo cual hace posible que empresas con malas prácticas puedan perjudicar tanto a los clientes como a la reputación del sector.

Cómo identificar entidades no reguladas en el turismo activo

Hay una serie de prácticas negativas que ayudan tanto a clientes como a otras empresas del sector a identificar a las entidades que están realizando actividades de forma «pirata»:

No adoptan las normativas del sector. Suelen dejar al aire las normas jurídicas de la comunidad que les compete, comportando un verdadero riesgo para el usuario. De ahí que se hace necesario cumplir las normas.

No tienen titulación específica. Para deportes extremos más genéricos existen titulaciones específicas, pero muchas otras actividades de turismo activo no lo requieren. Este es otro problema, por lo que cumplir con titulaciones o documentos acreditativos y experiencia en la celebración de estas actividades es algo esencial.

No hay protocolos de actuación. La Asociación Nacional de Empresas de Turismo Activo (ANETA) especifica que las empresas de turismo activo deben contar con un buen protocolo de actuación en caso de emergencias. Muchas de las empresas intrusas no lo tienen.

Sin documentación vigente. La ANETA reitera que el usuario interesado en practicar alguna de estas actividades debe contactar con una compañía siempre fiable. Es decir, que posea una sede social y un número de registro. Algunas de las “piratas” no cuentan con esta documentación, es más, no suelen hacer facturas por el servicio prestado.

La responsabilidad recae en el usuario. La empresa debe hacerse responsable de los posibles contratiempos que puedan surgir, por tanto debe contratar un seguro relacionado con actividades de aventura. Pero las actividades realizadas por aficionados suelen hacer firmar a los usuarios un papel donde se excluyen de toda responsabilidad y por tanto éstas recaen sobre el usuario.

Cómo se regulan las entidades no reguladas en el turismo activo según cada Comunidad Autónoma

La Constitución Española realiza el reparto de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas en sus artículos 148 y 149, estableciendo que “la promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial” es competencia de los gobiernos de las Comunidades Autónomas. Por tanto, en España hay más de una decena leyes de turismo distintas que ordenan el territorio, variando ligeramente de región a región.

Si tienes una empresa de turismo de riesgo debes saber, tal como afirma la Asociación Nacional de Empresas de Turismo Activo (ANETA), que en España no hay una normativa específica para los deportes de riesgo, pero sí una regulación del turismo activo, que establece cada comunidad autónoma de forma distinta. En algunas está en proceso de regulación y, en otras, incluso, sin regular.

¿Qué hacer cuándo se ofrecen actividades de turismo activo en una comunidad sin regulación? Según ANETA, la empresa debería asumir los decretos de otra autonomía. Especifican que no es algo obligatorio, pero si hay normas y somos una empresa seria, debemos atajarlas y ampararnos en tales regulaciones.

La regulación jurídica del turismo de aventura en España

No nos extenderemos en este punto, para ello, recomendamos el artículo sobre esta materia. Pero sí conviene señalar que, si bien esta regulación es irregular, la empresa de turismo activo genera obligaciones:

  • Normativa laboral.
  • Legislación medioambiental.
  • Normativa civil.
  • Normativa penal.
  • Leyes de educación.
  • Normativa aplicable al sector turístico.