3 minutos de lectura¿Qué trámites conviene realizar para gestionar una empresa de turismo activo?

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El modelo de negocio, el plan económico con las previsiones financieras, la localización, la contratación de monitores, el marketing… poner en marcha una empresa de turismo activo conlleva tomar numerosas decisiones y saber un poco de muchas cosas. Algo que inquieta a muchos emprendedores en esta situación es el gran volumen de trámites que hay que gestionar antes de poner en marcha su negocio, algo de lo que pocas veces se tiene conocimiento hasta que se tiene que realizar.

¿Qué debes saber antes de empezar a gestionar una empresa de turismo activo?

Aunque siempre se puede apostar por la contratación externa de un asesor profesional, que nos vaya guiando por este camino, muchos prefieren evitar ese gasto adicional y realizar por su cuenta este tipo de gestiones. Pero te lo adelantamos, gestionar una empresa de turismo activo, no es para nada sencillo. Aunque debes saber un par de datos antes de ponerte a ello.

Las competencias están derivadas a las Comunidades Autónomas

Cada Comunidad Autónoma tiene sus propias competencias a la hora de inscribir una empresa en el Registro de Empresas de Turismo Activo, lo que en la práctica significa que no hay dos legislaciones exactamente iguales. Esto marca, no solo la cantidad de trámites que hay que gestionar, sino también el plazo que vamos a tardar en constituir nuestra empresa y en poner en el mercado nuestros servicios. Lo más aconsejable es preguntar en la administración por cuáles son los procedimientos a seguir y prestar mucha atención a los plazos, tanto de solicitud de permisos como de concesión de éstos.

El seguro de Responsabilidad Civil, común en todos los casos

Podemos decir que, sin él, es impensable tramitar el alta de una empresa; incluso las Comunidades más laxas en cuanto a los requisitos exigen la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil para crear una empresa de turismo activo.

  • Alta en el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) dentro de los epígrafes correspondientes. Los epígrafes 967 y 721 son los que se suelen utilizar, puesto que no existe ninguno exclusivo dedicado al turismo activo.
  • Inscripción en la Seguridad Social.
  • Inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.
  • Solicitud de autorización de la Consejería de Turismo o de la Dirección General de la Comunidad Autónoma.
  • Licencia de actividades.
  • Licencia de instalaciones.
  • Declaración censal de inicio de actividades.
  • Legalización de los libros oficiales.
  • Alta en IVA e IRPF.
  • Adquisición de un libro de visitas.

De forma adicional, otros trámites son la firma de un seguro de Accidentes; presentar un protocolo de actuación en el caso de accidentes; contar con material y equipamiento homologados para las actividades; contratar a monitores titulados y realizar una memoria sobre la actividad. En el caso de que optemos a posibles ayudas económicas, subvenciones de la Comunidad Autónoma, ayudas al emprendimiento, etc., deberemos curar los documentos correspondientes para ello.

En algunos casos se exige la contratación de un número de trabajadores mínimo (puede oscilar entre 2 y 5), así como unos mínimos para las instalaciones de la empresa. Cuando se solicita la autorización a la correspondiente Consejería de Turismo o Dirección General, es habitual que se pida un memorando con información básica de la empresa (objeto social, número de trabajadores, etc.). En estos mismos organismos públicos trabajan profesionales que nos pueden dar explicaciones en el caso de que tengamos dudas acerca de los trámites.

 

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