Las obligaciones fiscales de un club deportivo en cada ejercicio deben estar claras para sus directivos y propietarios. Desde el año 2015, todas las entidades que realizan una actividad de carácter deportivo tienen que asumir el pago del impuesto sobre sociedades. A lo que hay que sumar la declaración del IVA.
En las próximas líneas detallaremos ambas obligaciones fiscales de un club deportivo para ayudarte a llevar una gestión diligente.
Obligaciones fiscales de un club deportivo: el impuesto sobre sociedades
Entre todas las obligaciones fiscales de un club deportivo no estaba incluido el pago del impuesto sobre sociedades hasta la aprobación de la Ley 27/2014 de 27 de noviembre, cuya entrada en vigor se produjo el 1 de enero de 2015,
Sin embargo, este pago está sometido a algunas excepciones. La ley permite que un club deportivo pueda desvincularse de esta obligación cuando concurran las siguientes 3 circunstancias:
- Si sus ingresos totales no superen los 50.000 euros anuales.
- Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas no superen los 2.000 euros anuales.
- Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.
Si no se presentan estas condiciones, el club deportivo debe proceder al pago de este impuesto y adaptarse a la normativa fiscal vigente como lo hace cualquier otra sociedad. Esto afecta a todo tipo de clubes, incluso a los pequeños o sin ánimo de lucro.
En el caso de pasar por alto la presentación de este impuesto, la entidad deportiva puede ser sancionada con una multa, cuyo montante oscilará entre los 200 y los 600 euros.
La declaración del IVA en un club deportivo
El pago del IVA, otra de las obligaciones fiscales de una entidad deportiva. Si la entidad deportiva o asociación sin ánimo de lucro realiza alguna actividad sujeta a IVA es necesario que lleve a cabo una contabilidad detallada de todos los ingresos y gastos.
Aunque esto no termina aquí. Además, deberá contar con dos libros que tendrá que ir actualizando, puesto que pueden ser requeridos en cualquier momento por la Agencia Tributaria. Se trata de los siguientes:
- Libro de facturas emitidas.
- Libro de facturas recibidas.
¿Qué es una actividad sujeta a IVA?
En primer lugar, hay que aclarar que no todas las actividades que realiza un club deportivo se encuentran sujetas a IVA. El cobro de las cuotas a los socios no incluye este impuesto siempre y cuando estos sean jugadores o practicantes de los deportes a los que se dedica la entidad deportiva. Esto se rige por el artículo 20.12 de la LIVA.
En cambio, hay otras que sí que entran en el campo de acción del IVA y que no pueden sustraerse a este impuesto. Así, entre estas, podemos citar el caso del dinero aportado por los patrocinadores, aunque puede que nos encontremos ante un dinero que se cede de manera gratuita, como es un convenio de colaboración.
También están exentos de pagar el IVA aquellos clubes que son considerados entidades de carácter social, una categoría que se otorga cuando ese club tiene fines sociales. No hay que perder de vista que esa exención es respecto a los servicios relacionados directamente con los fines sociales que lleva a cabo el club.
Por lo tanto, las obligaciones fiscales no son un asunto del que convenga desentenderse, sino que deben llevarse al día por el bien del club en lo que respecta a su imagen y porque, de incurrir en un impago, puede dar lugar a sanciones económicas.
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