¡Toda la información que necesitas para estar cubierto! Los imprevistos son temas habituales que todo organizador de actividades de turismo activo se encuentra en su día a día. En este artículo te daremos toda la información para asegurarte correctamente y poder realizar tu actividad con plena confianza.
Si te has propuesto emprender en el mundo del turismo activo tendrás muchas dudas sobre qué pasos seguir y, sobre todo, sobre cómo evitar los riesgos en caso de imprevisto. Por otra parte, si ya tienes una amplia experiencia en el sector, te interesará conocer qué novedades sobre seguros existen y cómo se pueden mejorar tus condiciones en cuanto a precio y, sobre todo, cobertura.
¿Qué ocurre si un participante tiene un accidente y te demanda? ¿Qué cubren los seguros? ¿Qué hay que tener en cuenta a la hora de contratarlos? Respondemos a estas preguntas en este post y, además, si quieres ampliar la información haz clic en el siguiente enlace y descarga gratuitamente nuestra guía especial sobre seguros turismo activo.
Hacer turismo es una de las actividades más gratificantes para practicar durante el tiempo libre. Las formas de hacer turismo van cambiando y evolucionando. En este contexto, el turismo activo se ha convertido en estos últimos años en una nueva forma de disfrutar de un lugar y de una actividad. El aumento de la demanda de este tipo de turismo ha supuesto que el número de empresas dedicadas a estas actividades también haya aumentado y que la oferta sea cada vez más amplia. Según las estadísticas publicadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en 2014, en España, los viajes por vacaciones en los que se realizaron actividades deportivas fueron de un 15,4 % sobre el total.
El turismo activo se puede definir como aquel en el que la motivación del viaje es hacer actividades turísticas al aire libre y en plena naturaleza. Se puede tratar de actividades más tranquilas, como el senderismo, o actividades que requieren de un esfuerzo físico más importante o suponen cierto riesgo, como la escalada o el parapente. De entre las actividades más demandadas, cabe destacar el senderismo, el barranquismo, el rafting, el rappel o las rutas a bicicleta o a caballo, además del windsurf o los paseos en moto de agua o barco.
En este punto, te queremos presentar una de las guías gratuitas que más éxito han tenido en personas como tú: se trata de un ebook que busca apoyar a organizadores de actividades de turismo activo para que su aventura se convierta en un éxito.
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¿Qué beneficios aporta el turismo activo al usuario?
El turismo activo es una forma única de disfrutar de actividades al aire libre e interactuar con la naturaleza y con otras personas. Una actividad de turismo activo aporta muchos beneficios para los participantes:
- Entrar en contacto con la naturaleza y concienciarse de la importancia de respetarla y protegerla.
- Relacionarse con otras personas con las mismas inquietudes por el turismo y el deporte al aire libre.
- Conocer nuevos lugares que están fuera de los circuitos turísticos habituales.
- Mejorar el estado físico y mental gracias a la práctica de deporte.
La existencia de incidencias en el turismo activo:
No obstante, ninguna actividad está exenta de riesgos. Si tienes una empresa dedicada a este tipo de actividades, sabrás que una situación imprevista puede darse en cualquier momento aunque se tomen todas las medidas de seguridad oportunas.
- Cancelaciones, suspensiones o ampliaciones por meteorología adversa.
- Accidentes que ocasionan lesiones, como fracturas, raspaduras, quemaduras, contusiones, torceduras, etc.
No obstante, hay que tener presente que también pueden producirse situaciones más graves:
- Situaciones que requieren un rescate.
- Accidentes que pueden provocar invalidez o fallecimiento.
Las organizaciones dedicadas al turismo activo tendrán que hacer frente a las consecuencias que puedan acarrear las actividades que organicen. Por tanto, deben disponer de un seguro que de cobertura y que proteja, tanto a la empresa como a los participantes o a terceras personas en caso de que en el desarrollo de una actividad se produzca algunas de las situaciones citadas.
La seguridad es una cuestión que preocupa no solo a las empresa organizadoras, sino también a los formadores y a la Administración, es decir, a todos los agentes implicados en el turismo activo. No podemos olvidar, que en caso de que ocurra un accidente el perjudicado puede reclamar solidariamente contra:
- La empresa organizadora.
- El guía o profesor si lo hay.
- Los empleados de la empresa, en general.
- La administración.
En algunos casos el perjudicado también puede demandar a los llamados “benévolos”, es decir, aquellas personas que son designadas por un club, por los compañeros de actividad o que asumen la tarea de dirigir voluntariamente al grupo por su mayor experiencia.
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¿Por qué tengo que contratar un seguro?
Ya sabes lo que puede ocurrir durante una actividad de turismo activo y las razones por las que tienes que contratar un seguro, ahora te preguntarás ¿Qué seguros turismo activo tengo que contratar? Antes de nada, vamos a definir qué es un seguro y qué elementos tiene una póliza.
¿Qué es un seguro?
El contrato de seguro se define en el artículo 1 de la Ley de contrato de seguro. En él se establece que el contrato de seguro es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo se cubre a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
Elementos de una póliza de seguro:
La póliza de seguro es el documento en el que se plasma el contrato de seguro y suele tener varias partes:
- Condiciones generales.
- Condiciones particulares.
- Condiciones especiales.
- Suplementos o apéndices que complementan o modifican algún aspecto de la póliza.
En una póliza de seguro, se pueden distinguir los siguientes elementos:
- Elementos personales. Entre estos elementos, podemos distinguir los siguientes:
- Asegurador: Persona jurídica que asume el riesgo del seguro.
- Asegurado: Persona física o jurídica titular del interés que se asegura. En este caso, la empresa o el organizador de las actividades de turismo activo.
- Tomador: Es la persona física o jurídica que firma el contrato con la compañía de seguros.
- Terceros: Son personas físicas o jurídicas distintas del tomador del seguro y del asegurado, los cónyuges, ascendientes de éstos o familiares que convivan con ellos, los socios, directivos, asalariados y personas que dependan del tomador o del asegurado cuando actúan bajo su dependencia.
- Elementos objetivos. Son los siguientes:
- Prima: Es el precio del seguro. En el caso en que no se pague, el asegurador podrá resolver el contrato.
- Vigencia: En las condiciones particulares se establecerán la fecha y hora de entrada en vigor de la póliza, las prórrogas y la fecha y hora de expiración.
- Delimitación temporal de la cobertura: Se puede establecer que la póliza cubrirá las reclamaciones que se realicen durante la vigencia de la póliza o durante un periodo de retroactividad.
- Coberturas: Son los supuestos que cubre la póliza.
- Exclusiones: Son los supuestos que se excluyen de la cobertura de la póliza.
- Franquicia: En algunos casos se pueden establecer en las condiciones particulares unas determinadas cantidades cuyo pago será responsabilidad del asegurado, respondiendo el asegurador del exceso sobre dichas cantidades.
- Siniestro: El siniestro es el hecho que produce un acontecimiento (daño o lesión) previsto en la póliza del seguro.
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El seguro innominado:
En función de cómo sea el asegurado en la póliza se pueden clasificar los seguros en tres tipos:
- Seguros individuales: El asegurado es una sola persona y se la identifica en la póliza.
- Seguros de grupo: Los asegurados son varios y se les identifica en el contrato de seguro.
- Seguros innominados: Son aquellos seguros en los que no se identifica a los asegurados, sino que solo se especifica su número. Este tipo de seguros tiene una serie de ventajas que son las siguientes:
- No es necesario aportar a la aseguradora, antes de la contratación de la póliza, un listado con el nombre y apellidos de todos los participantes en la actividad.
- Si hay alguna variación en los participantes (una baja o una nueva alta), no es necesario comunicarlo, siempre y cuando se respete el número total de participantes. En cualquier caso, este número de participantes se puede regularizar una vez concluido el periodo del seguro.
- Es más fácil de contratar y de gestionar, tanto para la compañía de seguros como para el asegurado.
- Evidentemente, este es el tipo de seguro que interesa contratar en una actividad como ésta.
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Normativa aplicable a los seguros turismo activo:
En relación a los seguros turismo activo, se aplica la siguiente normativa:
- Código Civil.
- Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y RD 894/1993.
- Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios.
- Legislación autonómica relativa al turismo activo. Todas las comunidades autónomas tienen normas que regulan el turismo activo, bien directamente o bien indirectamente a través de la regulación del deporte o de las actividades de ocio. Algunos ejemplos son los siguientes:
Seguros turismo activo: Responsabilidad civil y penal
Para poder definir qué seguros turismo activo son necesarios, debemos hablar antes de las responsabilidades que pueden surgir que son, la civil y la penal.
¿Qué es la responsabilidad civil?
Cuando te dedicas a la organización de actividades de turismo activo, uno de los riesgos más importantes que debes cubrir es la responsabilidad civil. Se puede definir como la obligación de responder por las acciones u omisiones propias o de otra persona causadas por culpa o negligencia, indemnizando los daños y perjuicios ocasionados a un tercero.
A partir de la definición que hemos dado, se pueden distinguir varios elementos en la responsabilidad civil:
- La acción u omisión causados por culpa o negligencia: Se debe producir un acto humano que consista en una acción positiva (hacer) o en una acción negativa (no hacer). La culpa o negligencia se da por falta de previsión de lo que se pudo prever o la falta de adopción de medidas necesarias para evitar el daño.
- El daño que se produce a un tercero con esa acción u omisión: El daño es un menoscabo que sufre una persona a consecuencia de un acontecimiento. Debe ser cierto y existir, por lo que se excluyen los daños hipotéticos. Puede ser un daño futuro cuando haya una certeza de que surgirá.
- El nexo causal entre la acción u omisión y el daño causado: El Tribunal Supremo entiende que debe ser cada juez quien analiza la existencia o no del nexo causal con base en las circunstancias de cada caso.
Si se dan estos tres elementos en una situación determinada surge la responsabilidad civil y, por lo tanto, la obligación de indemnizar los daños y perjuicios que se hayan ocasionado.
La responsabilidad civil puede ser contractual o extracontractual. La primera se da cuando deriva de un contrato o relación análoga, es decir, se produce un incumplimiento de un contrato que produce unos daños a otra u otras personas. La segunda se produce cuando no existe una vinculación, a través de un contrato o relación análoga, entre el perjudicado y quien produce el daño.
La responsabilidad civil ha evolucionado a lo largo del tiempo. A mediados del siglo XX se implanta la llamada teoría del riesgo que supone que quien crea un riesgo, aunque su actuación sea lícita, debe responder por los daños que provoque. En el año 1992 esa teoría se modera y empieza a hablarse de “riesgo asumido” en las actividades deportivas. Esta teoría supone que los participantes en una prueba deportiva o en una actividad de turismo activo asumen los riesgos derivados de la actividad. Para que se pueda dar el riesgo asumido, se tienen que cumplir determinados requisitos como los siguientes:
- La participación real en la actividad que origina el daño.
- La existencia de un riesgo claro y de suficiente entidad.
- La voluntariedad consciente en el desarrollo de la actividad. Es decir, el perjudicado debe haber conocido y aceptado los riesgos.
En los casos en que se trate de menores o de personas sin experiencia se exige una mayor diligencia a los organizadores.
¿Qué es la responsabilidad penal?
La responsabilidad penal es la consecuencia jurídica derivada de la comisión de un hecho tipificado en la ley penal por un sujeto imputable. Generan responsabilidad penal aquellas acciones humanas que lesionen un bien jurídicamente protegido como la vida, la integridad física o la libertad.
La responsabilidad penal se concreta en la posibilidad de que se imponga una pena que puede ser de privación de libertad, privación de determinados derechos (conducir o residir en un lugar, por ejemplo) o multa.
Responsabilidad de los administradores y directivos
En el caso de que gestiones tu empresa como una sociedad junto con otros socios y seas tú el administrador o uno de los directivos, te interesará saber que la Ley de Sociedades de Capital en su artículo 236.1 establece que “Los administradores responderán frente a la sociedad, frente a los socios y frente a los acreedores sociales, del daño que causen por actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos o por los realizados incumpliendo los deberes inherentes al desempeño del cargo, siempre y cuando haya intervenido dolo o culpa”.
Los elementos que se tienen que dar para que surja esta responsabilidad son los siguientes:
- Producción de un daño.
- Culpa o negligencia en la actuación u omisión del empleado.
- Ausencia de culpa por parte de la víctima.
- Nexo causal entre la conducta negligente y el daño causado.
- Relación de dependencia entre la persona que ha producido el daño y la sociedad. No es necesario que se trate de una relación laboral, es suficiente con una “relación jerárquica o de dependencia más o menos intensa según las circunstancias concretas” (STS 1ª 21-9-87).
Culpa o negligencia del sujeto agente in operando. Es decir, en el desempeño de sus funciones, en otro caso sería responsabilidad personal del sujeto agente.
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Derecho de repetición:
En función de lo regulado en el artículo 1903 del Código Civil, la obligación de reparar el daño causado se aplica no solo a los actos que tú, como propietario de una empresa de turismo activo, realices, sino también a los actos u omisiones de aquellas personas que sean tus dependientes en la empresa.
El derecho de repetición surge cuando un dependiente de tu empresa ha causado un daño y tú te has hecho cargo de la indemnización. Con base en el artículo 1904 del Código Civil podrás repetir sobre tu dependiente y reclamar lo que hayas tenido que pagar.
¿Qué seguros son obligatorios para el turismo activo?
El seguro de responsabilidad civil:
El seguro de responsabilidad civil está definido en el artículo 73 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro de la siguiente forma:
El seguro de responsabilidad civil (o seguro de RC, como se suele llamar) cubre los siguientes costes:
- Indemnizaciones que sean reclamadas por terceros.
- Gastos de defensa (honorarios abogado y procurador que intervengan en el caso).
- Fianzas.
- Gastos de elaboración de informes periciales.
Las coberturas del seguro de RC pueden ser las siguientes:
- Responsabilidad civil de explotación: Esta cobertura garantiza la responsabilidad extracontractual (no derivada de un contrato) por daños personales y daños materiales ocasionados a terceros, que le sean imputables al asegurado en el desarrollo de su actividad.
- Responsabilidad civil patronal: Con el seguro de responsabilidad civil patronal se cubren las indemnizaciones reclamadas al asegurado por sus empleados asalariados , como responsable de los daños que sufran dichos empleados asalariados a causa de un accidente de trabajo.
- Cobertura de responsabilidad civil por productos suministrados: Garantiza el pago de las indemnizaciones que tenga que abonar el asegurado por los daños personales, materiales y perjuicios consecuenciales causados a terceros por productos fabricados, tratados, etiquetados o almacenados por el asegurado, una vez vendidos, suministrados o distribuidos por el asegurado y en poder de terceros consumidores.
- Cobertura del seguro de responsabilidad civil profesional. El seguro de RC profesional cubre los casos en que se producen daños o lesiones a terceros como consecuencia del desarrollo de una actividad profesional. La responsabilidad civil profesional o RC profesional surge de la falta de pericia, conocimientos o experiencia del profesional que causa el daño.
En una póliza de RC se pueden establecer exclusiones, por ejemplo, un seguro de responsabilidad civil, generalmente, no cubrirá hechos que sean conocidos por el asegurado o el tomador del seguro antes de la fecha de efecto de la póliza.
El seguro de responsabilidad civil para autónomos:
Ten en cuenta que si trabajas como autónomo, también tienes obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil que te cubra ante todos los imprevistos que puedan surgir en el desempeño de tu actividad. Los autónomos responden directamente con su patrimonio ante la responsabilidad que pueda surgir en el desarrollo de su actividad. Por esa razón, si eres autónomo es especialmente importante que contrates un seguro de RC para proteger tu patrimonio, en caso de que exista una reclamación contra ti.
El seguro de responsabilidad civil para empresas:
En el caso de que realices la actividad de turismo activo a través de una sociedad mercantil (sociedad limitada o anónima, por ejemplo), tendrás que cubrir con un seguro la posibilidad de que alguien reclame una indemnización. De esta forma, protegerás el patrimonio de la sociedad.
¿Qué debo tener en cuenta a la hora de contratar un seguro de turismo activo?
Antes de contratar tu seguro de RC debes considerar los siguientes aspectos:
- La cuantía de las coberturas.
- El ámbito geográfico, para que se ajuste al lugar donde realizas tu actividad: España, Europa, el mundo.
- El listado de actividades cubiertas.
- Las exclusiones.
- El precio de la póliza y la franquicia, si existe.
- Si la póliza ha sido aconsejada por asociaciones o empresarios profesionales del sector.
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Seguros turismo activo: El seguro de accidentes
Se entiende por accidente la lesión corporal provocada por una causa violenta súbita, externa y ajena a la intención del asegurado, que produzca invalidez temporal o permanente o muerte. El seguro de accidentes cubre, por lo tanto, los daños personales que puedan sufrir los participantes en una actividad de turismo activo. Puede tener las siguientes coberturas:
- Fallecimiento por accidente: En el caso en que las personas aseguradas mueran debido a un accidente, según la definición de la Ley de Contrato de Seguro citada anteriormente, la compañía aseguradora pagará el capital asegurado.
- Incapacidad permanente absoluta: Se trata de una incapacidad derivada de un accidente que supone la ineptitud del asegurado para cualquier relación laboral o actividad profesional.
- Incapacidad permanente parcial: Se producen en el caso de que el asegurado sufra una pérdida anatómica o funcional permanente e irreversible de cualquier órgano o miembro.
- Gastos de asistencia sanitaria: Se trata de los gastos necesarios para la curación de las lesiones de los asegurados, los cuales pueden llegar a ser muy elevados. Por otra parte, hay que tener en cuenta que, si la Seguridad Social entiende que la necesidad de asistencia sanitaria puede tener un responsable (empresa organizadora del evento deportivo, en este caso), le suele reclamar a este la asunción de los costes, al igual que ocurre en caso de los accidentes de tráfico.
- Gastos de rescate y salvamento: Las administraciones públicas pueden reclamar los gastos de rescate y salvamento que haya realizado sus cuerpos de bomberos, sobre todo en los casos en que se detecta una negligencia o culpa por parte del organizador de la actividad durante la que se ha producido el accidente. Por ejemplo, ¿quién paga los costes de un rescate en la montaña? En el caso en que se detecte que la empresa organizadora ha cometido una negligencia, la Comunidad Autónoma puede reclamar los gastos de rescate.
En el caso del seguro de accidentes, también se podrán establecer exclusiones, es decir, supuestos no cubiertos por la póliza, por lo que es recomendable leer el contrato antes de firmar y cotejar las coberturas incluidas y excluidas.
Puede que en algunos casos escuches hablar de seguros de accidentes deportivos de forma genérica cuando se habla del seguro de accidentes enfocado a una actividad deportiva como puede ser el turismo activo. En realidad, como hemos dicho anteriormente, se trata del mismo tipo de seguro, pero enfocado a una actividad concreta.
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¿Qué otros seguros se pueden contratar?
Además de los seguros que hemos visto, se pueden contratar otros seguros que cubran determinadas circunstancias en el desarrollo de la actividad de turismo activo:
- Seguro de daños: El seguro de daños cubre las instalaciones, equipamientos y existencias en casos de robo, incendio, vandalismo, inundaciones, lluvia, viento, etc.
- Seguro de subsidio: Los seguros que hemos visto se pueden completar con un seguro de subsidio, lo cual es muy recomendable si eres autónomo y te dedicas al turismo activo. En caso de que, como consecuencia de un accidente, no puedas volver a trabajar o tengas que estar de baja durante un tiempo, con este seguro cobrarás una cantidad de dinero en función del tiempo que dure la baja.
- Seguro de caución: En el caso de que, además de la organización de la actividad de turismo activo, organices el viaje, tendrás que contratar un seguro de caución. Este seguro se define en el artículo 68 de la Ley de Contrato de Seguro y establece lo siguiente: “Por el seguro de caución el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos en la Ley o en el contrato. Todo pago hecho por el asegurador deberá serle reembolsado por el tomador del seguro.”
- Seguro de responsabilidad civil de administradores y directivos: Con este seguro se cubre la responsabilidad civil que pueda surgir en el caso de que seas administrador o directivo de una empresa dedicada al turismo activo. En estos casos se pueden excluir de la cobertura casos de injurias y calumnias o el derecho a la intimidad o imagen, así como actos realizados por los administradores y directivos de forma dolosa o fraudulenta, es decir, todo lo que constituya un delito.
- Seguro de asistencia en viaje: Este tipo de seguro cubre los casos en que, por ejemplo, se cancela el viaje por una serie de causas imprevistas. De esta forma, se pueden recuperar los gastos a los que se ha incurrido.
¿Qué hago si un participante sufre un accidente o se producen daños a un tercero?
Cómo decíamos al principio, aunque tomes todas las medidas de seguridad necesarias, se puede producir un accidente o daños a terceras personas. En el caso en que suceda algo así y tengas que declarar el siniestro ante tu compañía aseguradora puedes seguir los siguientes pasos:
- Recopila toda la información sobre lo ocurrido: contratos, facturas, fotografías, informes de las autoridades, informes médicos, testigos, etc.
- Revisa tu póliza: Es conveniente que revises el contenido de tu póliza para cotejar las coberturas y plazos para reclamar un siniestro, la fecha de la póliza, la actividad cubierta, el ámbito geográfico y las cantidades aseguradas.
- Comunica el siniestro a tu compañía de seguros: Comunícale el siniestro a tu compañía lo antes posible para respetar los plazos pactados en la póliza. La Ley del Contrato de Seguro establece un plazo de 7 días para comunicar el siniestro, salvo que en la póliza se establezca otro plazo. Apórtale a la compañía todos los datos que te pidan sobre el siniestro.
A continuación, la compañía evaluará si la póliza cubre el siniestro y te comunicará su resolución en cuanto a si cubre o no. Esa decisión deberá estar siempre motivada y tendrán un plazo de 10 días para comunicarse desde que se emitió.
En el caso en que la compañía de seguros cubra el siniestro, asumirá el pago de las indemnizaciones que se reclamen, los gastos sanitarios y de rescate y se hará cargo del coste de los peritajes, fianzas y gastos de abogado y procurador que surjan.
¿Qué hago si mi compañía no cubre el siniestro?
Puede ocurrir que una vez comunicado el siniestro que tu compañía decida que no está cubierto por la póliza. En el caso en que no estés de acuerdo, puedes realizar las siguientes acciones:
- Hablar con tu mediador y, si la aseguradora no tuviese razón válida para el rechazo, pedirle y, aún más, exigirle el cumplimiento de la obligación de asesoramiento que la Ley de Mediación en Seguros Privados le impone.
- Presentar una hoja de reclamaciones ante el departamento de atención al cliente o el defensor del asegurado. Tienen un plazo de 2 meses para dar una respuesta.
- Si tras la reclamación a la compañía de seguros la respuesta sigue siendo negativa, tendrás que acudir a la Dirección General de Seguros y seguir reclamando.
- Finalmente, si la vía amistosa ha fallado y no has logrado que tu compañía de seguros cubra el siniestro, tienes la opción de acudir a los tribunales y presentar una demanda.
No olvides que es esencial agotar la vía amistosa o extrajudicial, puesto que acudir a los tribunales supone una gran inversión de tiempo y de dinero.
¿Qué es el documento para exoneración de responsabilidades?
Es un documento que puede ser utilizado por una organización de turismo activo buscando una contención de responsabilidad o una reducción de responsabilidad civil o penal.
Sin embargo, esta firma no exonera de responsabilidad ni a profesionales ni a empresas, pero puede resultar útil para demostrar que el participante en la actividad deportiva estaba informado sobre las características de la práctica y los riesgos inherentes a ella. En líneas generales, si una empresa organiza una actividad y antes de ponerla en práctica hace obligatoria la firma de un documento para eximir de responsabilidades, en el que el cliente asume toda la responsabilidad en caso de daño o perjuicio, el organizador seguirá siendo responsable.
¿Qué ocurre si no contratas? ¡Cuidado con las sanciones!
En el caso en que organices una actividad de turismo activo y no tengas un seguro que cubra los riesgos que pueden surgir, las consecuencias pueden ser las siguientes:
- Que se te reclamen indemnizaciones muy cuantiosas por daños y perjuicios, a las que tendrás que hacer frente con el patrimonio de tu empresa o con el tuyo si no tienes un seguro.
- Que tengas que cubrir gastos médicos de personas accidentadas. Se puede tratar de gastos muy elevados.
- Que haya que contratar a un abogado y un procurador para defenderte en un juicio ante una demanda de un cliente o una tercera persona.
- Que te veas obligado a pagar una sanción por no cumplir la ley y tener contratado un seguro.
En el caso en que no tengas un seguro de responsabilidad civil o de accidentes tendrás que hacer frente a consecuencias económicas, como las que hemos detallado, que pueden afectar a la actividad de tu empresa e, incluso, suponer el cierre.
Recientemente se publicó en La Voz de Galicia una noticia que habla de la primera sanción que se ha impuesto a un club gallego por no tener contratado un seguro deportivo. Se ha sancionado a Senderismo Galego Club de Pontevedra por organizar una actividad de senderismo en Escocia y no tener un seguro que cubriera a las personas participantes que no estaban federadas. La sanción es de 1.602 euros y se basa en la obligación que establece la Ley del Deporte de Galicia de suscribir un seguro por parte del organizador que cubra la asistencia médica de los participantes en un evento deportivo.
Los seguros especiales para actividades de montaña
Algunas de las actividades más habituales en las empresa de turismo activo son las relacionadas con la montaña: senderismo, escalada, rapel, raquetas de nieve, esquí o barranquismo, entre otras. En estos casos, si te propones organizar una actividad relacionada con la montaña, es importante que contrates un seguro de responsabilidad civil y un seguro de accidentes, tal y como hemos visto en los puntos anteriores.
En cuanto a la duración del seguro deberás tener en cuenta si se trata de una actividad que organizas de forma puntual o se repite a lo largo del año varias veces. En el primer caso podrás contratar un seguro por días o semanas y en el segundo podrás contratar un seguro anual.
Para reducir tu responsabilidad como organizador de la actividad de montaña puedes tomar las siguientes medidas:
- Informar a los participantes sobre los riesgos de la actividad.
- Inspeccionar el material que se va a utilizar.
- Llevar material para imprevistos como un botiquín.
- Informar a los participantes de las medidas de seguridad y de que deben seguir las indicaciones del guía o monitor.
Seguro senderismo
El senderismo consiste en hacer excursiones a pie por senderos y caminos en un entorno natural. No es una actividad competitiva, simplemente se trata de pasarlo bien y disfrutar, por ese motivo es una actividad muy popular.
En el seguro relativo a la actividad de senderismo se debe describir muy bien la actividad a desarrollar aunque es mejor hacerlo de forma amplia para evitar dejar algo importante sin cubrir. También es importante el ámbito territorial para que el seguro cubra la zona en la que se va a practicar senderismo.
Seguros de esquí
En el ámbito del turismo activo es muy frecuente también la realización de actividades de esquí. En este caso, es bastante habitual que se contrate no solo la actividad, sino también el viaje, por lo que junto al seguro de responsabilidad civil y de accidentes, como empresa organizadora de la actividad, tendrás que contratar un seguro de caución. El seguro de esquí también deberá describir la actividad a realizar, los días y la cobertura geográfica.
Para reducir la responsabilidad que puedas tener en caso de un accidente puedes tomar las siguientes precauciones:
- Estudiar a fondo las rutas que se van a seguir.
- Analizar las condiciones meteorológicas y el estado de la nieve en las pistas.
- Comprobar el estado de los equipos: esquís, tablas, botas etc.
- Informar sobre medidas de seguridad a los participantes.
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Los seguros especiales para actividades en el mar
Cuando llega el buen tiempo a todos nos gusta disfrutar del mar y de la playa. Si tienes una empresa que se dedica a organizar actividades de turismo activo es probable que el verano sea tu temporada alta y que organices actividades de todo tipo como: buceo, esquí acuático, pesca submarina o kitesurf, entre otras.
Seguro de buceo
El buceo deportivo es una actividad muy habitual entre las empresas dedicadas al turismo activo. A pesar de ser una actividad que supone un riesgo, se trata de un deporte seguro, puesto que se exige aprobar exámenes para practicarlo y porque la tecnología ayuda mucho a evitar accidentes. En estos casos también es necesaria la contratación de un seguro de accidentes y de un seguro de responsabilidad civil, ya que todas las Comunidades Autónoma regulan el deporte de aventura.
En estos casos para reducir la responsabilidad en el caso de que ocurra un accidente es necesario prevenir y tomar medidas como conocer la zona, informar sobre los riesgos y comprobar el estado de los equipos antes de la inmersión.
Seguro de pesca submarina
La organización de una actividad de pesca submarina supone que se conozcan una serie de riesgos que pueden surgir derivados de la propia actividad ya que se pasan muchas horas en el mar buscando una presa, se manejan arpones, se entra en cuevas y pueden darse situaciones de fuerte oleaje.
Los seguros a contratar serán el de accidentes y el de responsabilidad civil, para proteger a los participantes, solucionar cualquier imprevisto de forma rápida y proteger el patrimonio de tu empresa de turismo activo.
Seguro de kitesurf
El kitesurf es una actividad que consiste en desplazarse por el agua con una tabla y utilizando una cometa. Supone una serie de riesgos, por lo que para reducirlos tendrás que tomar precauciones y contratar un seguro de accidentes y de responsabilidad civil.
Como en el resto de casos deberás definir en el seguro la actividad a realizar, la zona en la que se va a realizar (ámbito geográfico) y la duración (días, semanas o un año).
¡Atención! Si organizas actividades en el mar seguro que cada año te enfrentas al reto de disminuir el impacto de la estacionalidad en tus resultados. Como expertos de la materia hemos preparado una guía totalmente gratuita para que puedas superar este gran reto. Haz clic en el siguiente enlace y será tuya, ya sabes, ¡sin ningún tipo de coste!
¿Cuál es el precio adecuado de un seguro de RC y accidentes?
El precio de un seguro de responsabilidad civil o de accidentes dependerá de muchas circunstancias:
- El tipo de actividad de turismo activo que desees organizar.
- El riesgo que suponga esa actividad.
- La facturación anual de tu empresa.
- El número de participantes.
- La frecuencia con la que organizas esa actividad.
Por ejemplo, si quieres organizar una actividad de turismo activo con un coste de 40 euros por persona, el coste de los seguros será de, entre un 1 % y un 2%, aproximadamente, es decir, de 0,40 a 0,80 euros por participante. Con este importe tan pequeño se podrían cubrir indemnizaciones de hasta 1.500.000 de euros. Se trata de un coste muy pequeño que te va a permitir hacer frente a consecuencias muy importantes. Con un seguro proteges tu patrimonio y el de tu empresa, lo cual garantiza la continuidad de tu negocio.
No obstante, ten en cuenta que no solo debes valorar el precio. Valora, principalmente, las coberturas del seguro para cotejar que se cubran adecuadamente todas las contingencias que puedan surgir en el desarrollo de las actividades que organizamos.
Para ello, es sumamente importante que la aseguradora que acabes encontrando tenga una experiencia y contacto directo con el sector del turismo activo ya que de esta forma sabrás que sus productos están diseñados y adaptados a las necesidades reales de tu organización.
Con la contratación de un seguro proteges a tus clientes y te proteges a ti mismo, lo cual garantiza la continuidad de tu negocio y la satisfacción de las personas que han confiado en tus servicios. Estudia detenidamente qué coberturas necesitas para el desempeño de tu actividad y asegúrate de tener los seguros adecuados, la mejor forma de disfrutar del deporte y de la naturaleza y, en cualquier caso, llama a tu mediador de seguros de confianza.
¿Qué debe ofrecer un seguro de responsabilidad civil?
Para lograr la mejor cobertura y el mejor servicio, se recomienda que tu seguro de responsabilidad civil sea emitido por una empresa especializada en el sector, que conozca tus necesidades.
Cobertura a tu equipo al completo, desde personal asalariado, con contrato de servicio, voluntarios o personal en prácticas.
Servicio y cobertura para todo tipo de eventos temporales, así como para la impartición de cursos.
Ámbito territorial mundial , ¡nunca sabes dónde va a ser tu próxima aventura!
¿Qué debe ofrecer un seguro de accidentes?
Para lograr el mejor servicio y la mayor agilidad siempre recomendamos la contratación de un seguro innominado, sin identificación de participantes.
Cobertura telefónica durante las 24 horas en caso de accidente
Oferta de centros hospitalarios concertados y, también de libre elección.
Cobertura para eventos temporales y siempre, con ámbito mundial.
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Una correduría de seguros especializada en Turismo Activo
¿Quién es Urquía&Bas?
Urquía&Bas es una correduría de seguros ubicada en Lleida. Contamos con una larga tradición en la mediación de seguros, actividad a la que nos dedicamos en exclusiva. Nuestro target de actuación preferente está en empresas, instituciones, colectivos profesionales y particulares de nivel medio/alto y alto. Nuestros procesos están certificados y auditados anualmente por BVQI, desde el año 2000, conforme la norma de calidad ISO 9001 2008.
Entonces, ¿cómo podemos ayudar a tu organización de turismo activo?
En Urquía&Bas, nuestra experiencia nos hace conocer a la perfección qué necesita una organización de turismo activo en cuanto a sus seguros turismo activo, por eso, somos capaces de ofrece un servicio de alta calidad y totalmente personalizado para nuestros dos principales productos:
Seguro de accidentes
Se trata de un seguro dirigido a los profesionales organizadores de actividades de ocio, tiempo libre y turismo activo para cubrir los gastos derivados de accidentes (rescate/traslado y gastos de curación), así como una indemnización por accidente (Muerte e Incapacidad Permanente) ocurridos a los participantes de dichas actividades, incluidos los monitores.
Seguro de responsabilidad civil
Es un seguro dirigido a los profesionales organizadores de actividades de ocio, tiempo libre y turismo activo para cubrir las responsabilidades civiles derivadas de la organización de las mismas.