3 minutos de lecturaSeguro de Responsabilidad Civil, más que una obligación. Parte I

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En algunas ocasiones las empresas de aventura/turismo activo no son conscientes del riesgo inherente que asumen con su actividad, restando importancia a la necesidad de contratar un buen seguro de Responsabilidad Civil con el que, en caso de un suceso que ocasione un daño personal o material durante la práctica deportiva, se pueda resarcir al perjudicado y quedar indemne.

“Nunca ha pasado nada”

Quizás sea por exceso de confianza lo que les hace pensar que lo tienen todo controlado, porque “nunca nos ha pasado nada”; o por la pura inconsciencia de que nada grave va a ocurrir, porque llevan haciéndolo así “toda la vida”. Tanto es así, que algunas empresas contratan su seguro de Responsabilidad Civil por pura obligación.

Afortunadamente, cada vez son más las empresas que, conscientes de los riesgos que corren, tienen muy presente el seguro de Responsabilidad Civil y exigen que los capitales asegurados sean elevados. Y es que “las cosas pasan” y sus consecuencias pueden ser realmente graves.

Responsabilidad Civil de una empresa: un caso real.

En un descenso en canoa por el rio Cares se ahogó una niña de 14 años que participaba en un campamento. El propietario de la empresa fue detenido e imputado por homicidio imprudente. ¿Qué ocurrió? Se juntaron varios factores:

  1. Una zona de rápidos. Para la actividad de piragüismo en aguas bravas se requiere tener autorización que la empresa «no tenía, a pesar de publicitarse en su página Web lo contrario» –según se reflejaba en la investigación.
  2. Por otra parte, para llevar a cabo la función de monitor de estas actividades, es necesario estar en posesión de una formación específica para su desarrollo en materia de primeros auxilios, seguridad, protocolos de prevención de accidentes y evacuación, «hecho que tampoco se producía».
  3. Se daba además la circunstancia de no cumplir con la ratio de guías ni monitores cualificados por cliente para esta actividad; lo que, según la Guardia Civil, «pudo ser clave en la demora de búsqueda de la niña tras caerse al río».

En el transcurso de las investigaciones se pudo determinar también que la empresa «carecía de medios alternativos de comunicación a los móviles” cosa que se habría subsanado con emisoras, ya que en buena parte del recorrido no había cobertura de telefonía. Así mismo, se carecía de vehículos de apoyo.

En definitiva, se juntaron tantas circunstancias que ocurrió lo que nunca tuvo que ocurrir. Se demoró una hora el aviso y seis el rescate del cuerpo sin vida de la niña.

¿Por qué disponer de un seguro de Responsabilidad Civil?

La existencia de un seguro de Responsabilidad Civil no hubiera evitado lo sucedido, claro está, pero sí habría permitido que el asegurado se sintiera apoyado en todo momento por su mediador de seguros, primero, y por la defensa proporcionada por la aseguradora, después. Por último, lo más importante, no tenerse que enfrentar al pago de una indemnización y salvaguardar el patrimonio personal.

El caso descrito como ejemplo, es abrumador y, por supuesto, desgraciado; pero hay otros casos…

Os los contaremos en la Parte II de este post.